Puntos del DNU suspendido por la Justicia: «Indemnizaciones, reglamentación del derecho de huelga y periodo de prueba»

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo suspendió los efectos de la reforma laboral incluidos dentro del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 firmado por el presidente Javier Milei el último 20 de diciembre. Todas modificaciones implicaban un cambio rotundo en varias áreas vinculadas a las relaciones del ámbito, por lo que impulsó una marcha de la CGT y un paro general pautado para el próximo 24 de enero.


Este miércoles al mediodía, la Sala de Feria de la Cámara del Trabajo revocó el fallo del juez José Ignacio Ramonet y dictó una cautelar contra el megadecreto del gobierno de La Libertad Avanza (LLA).

De esta forma, la justicia laboral suspendió la aplicabilidad del capítulo IV del DNU, referido al mundo del trabajo. En materia laboral, el decreto estira el período de prueba de tres a ocho meses, facilita los despidos de quienes participen en medidas de fuerza y limita el derecho a huelga, entre otras medidas.

La decisión fue adoptada por los camaristas José Alejandro Sudera y Andrea García Vior. Por el contrario, la tercera integrante de la Sala, María Dora González, entendió que el tema debía tramitar en el fuero contencioso administrativo.

«Esta decisión judicial pone un freno a la reforma laboral regresiva y contraria a los trabajadores y no tendrá vigencia hasta tanto la justicia resuelva el planteo de inconstitucionalidad del Capítulo IV del DNU 70/23″, evaluó el consejo directivo de la CGT en un comunicado dado a conocer minutos después de que fuera notificada la cautelar.

Los argumentos de los jueces
En su voto, Sudera desarmó los argumentos que esgrimió el gobierno de Milei para justificar el dictado del DNU –que evita que la discusión pase por el Congreso. Según la administración de LLA, la urgencia está dada por la «desesperante» situación económica. «No se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal, máxime cuando el propio decreto reconoce que se encuentra estancada hace 12 años, lo que impide -en principio- considerar la irrupción de alguna circunstancia súbita, imprevisible o de extrema ‘excepcionalidad’«, escribió el camarista.

El juez, además, justificó la intervención de la Cámara del Trabajo ante el peligro de demora que entraña la puesta en vigencia del DNU en la afectación de distintos derechos para los trabajadores y las trabajadoras. “Las disposiciones del DNU cuestionado establecen importantes modificaciones de aplicación inmediata en materia de interpretación de las normas, contratación laboral, modalidades contractuales, derechos y obligaciones de las partes, protección de la trabajadora embarazada y de la maternidad, jornada, protección contra el despido arbitrario, ruptura del contrato y sus consecuencias, discriminación y sus consecuencias, funcionamiento de las asociaciones gremiales, conflictos colectivos, etc”, enumeró.

Con la mirada puesta en la Corte
El camarista Sudera citó varios fallos de la Corte referidos a los DNU, que dan cuenta de la interpretación restrictiva que ha tenido en general el máximo tribunal frente a la posibilidad de que el Poder Ejecutivo legisle. Entre otras cuestiones remarcó que los supremos dijeron que el Poder Ejecutivo no puede sustituir libremente la actividad del Congreso y que únicamente puede hacerlo en casos de «rigurosa excepcionalidad».

El DNU lleva por título «Bases para la reconstrucción de la economía argentina«. Sudera citó en su voto las Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina de Juan Bautista Alberdi –tan evocado en el gobierno libertario– y afirmó: «Las formas republicanas no son mera retórica, sino que hacen a la esencia misma del sistema».

La Sala de Feria explicó que es una medida provisoria hasta en tanto se discuta la validez del DNU. El gobierno de Milei pretende que ese debate se de en el fuero contencioso-administrativo, donde hace pie Rodolfo Barra, el actual procurador del Tesoro, exjuez de la Corte Suprema de la mayoría automática y exministro de Justicia de Carlos Menem.

No hay dudas de que el Gobierno recurrirá la decisión de la Cámara del Trabajo. De hacerlo, el tema escalará a la Corte Suprema. El Máximo Tribunal ya tiene un planteo contra el DNU: es el que presentó la provincia de La Rioja con el patrocinio del excortesano Raúl Zaffaroni y el constitucionalista Gustavo Ferreyra.

Ante el planteo de La Rioja, la Corte armó un incidente para tratar el pedido de cautelar, pero anunció que no abordará el cuestionamiento hasta febrero. Posiblemente el gobierno de Milei no quiera esperar ese plazo y presione para que haya un pronunciamiento antes.

https://drive.google.com/file/d/1D8NRg8gvcLRAHl_2JUAuRXlK9SpO2XFo/view

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